Milei desreguló los aranceles de la gestión privada en educación
A través del Decreto 787/2025 publicado en el Boletín Oficial. Se esperan fuertes aumentos en las cuotas de los colegios.
Fecha/Hora: 12/11/2025 09:05
Cód. 109038
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En un curioso decreto, el Gobierno Nacional autorizó la desregulación de los aranceles para los colegios de gestión privada. Con el pretexto de “evitar los aumentos exorbitantes en marzo”, el gobierno permite los incrementos en cualquier momento del año, sin notificación anticipada ni previa autorización del Estado.
A través del Decreto 787/2025, publicado en el Boletín Oficial, se dio de baja el decreto 2417/93 que complementaba el marco que regulaba la educación pública de gestión privada. De este modo, los colegios ya no necesitarán obtener la autorización estatal previa para modificar los montos de las cuotas y la matrícula; podrán ajustar sus precios en función de la “realidad económica y los costos operativos, adaptándose a las fluctuaciones del mercado” y no tendrán que comunicar los montos de matrícula y cuotas con una anticipación considerable.
Por el momento, el decreto alcanzará solamente a colegios de gestión privada sin aportes estatales, que representan cerca del 6% del total de establecimientos educativos de la Argentina, aproximadamente 2.000 instituciones distribuidas en todo el país. Sin embargo, no se sabe con certeza si piensan extender la normativa a las demás instituciones privadas en el corto plazo.
La medida fue celebrada por el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien consideró que de esta manera las instituciones de enseñanza privada dejarán de aplicar fuertes aumentos al inicio del año escolar. “Chau a los saltos exhorbitantes en las cuotas de colegios privados en marzo (Sic)“, posteó en su cuenta de X, con falta de ortografía.
Sin embargo, al ministro se le olvidó aclarar que los establecimientos educativos incluidos en la norma no van a tener que aplicar una fuerte suba anual porque ahora podrán hacerlo durante todo el año y sin necesidad de prevenir a las familias de los alumnos “con anticipación considerable”.
En cambio, afirmó que las regulaciones que acaban de quedar en el olvido correspondían a un esquema similar a la ley de alquileres que “obligaba a estos colegios a fijar aumentos anticipados y que, luego de implementados en marzo, debían mantenerse por un año”. Un escenario que, agregó, “generaba aumentos de cuotas sobredimensionadas” en el arranque del año.
Por otra parte, el Ejecutivo instruye al Ministerio de Capital Humano -que contiene a la Secretaría de Educación- a revisar las pautas contenidas en el Decreto 2542 de 1991 y eleve una propuesta de modificación. Este decreto estableció originalmente un sistema de financiamiento para la educación pública de gestión privada. La revisión se justifica en que esta norma fue dictada cuando la administración de la educación estaba bajo la órbita del Gobierno nacional y que la situación cambió con la transferencia de la competencia a las provincias, conforme al principio federal.
A través del Decreto 787/2025, publicado en el Boletín Oficial, se dio de baja el decreto 2417/93 que complementaba el marco que regulaba la educación pública de gestión privada. De este modo, los colegios ya no necesitarán obtener la autorización estatal previa para modificar los montos de las cuotas y la matrícula; podrán ajustar sus precios en función de la “realidad económica y los costos operativos, adaptándose a las fluctuaciones del mercado” y no tendrán que comunicar los montos de matrícula y cuotas con una anticipación considerable.
Por el momento, el decreto alcanzará solamente a colegios de gestión privada sin aportes estatales, que representan cerca del 6% del total de establecimientos educativos de la Argentina, aproximadamente 2.000 instituciones distribuidas en todo el país. Sin embargo, no se sabe con certeza si piensan extender la normativa a las demás instituciones privadas en el corto plazo.
La medida fue celebrada por el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien consideró que de esta manera las instituciones de enseñanza privada dejarán de aplicar fuertes aumentos al inicio del año escolar. “Chau a los saltos exhorbitantes en las cuotas de colegios privados en marzo (Sic)“, posteó en su cuenta de X, con falta de ortografía.
Sin embargo, al ministro se le olvidó aclarar que los establecimientos educativos incluidos en la norma no van a tener que aplicar una fuerte suba anual porque ahora podrán hacerlo durante todo el año y sin necesidad de prevenir a las familias de los alumnos “con anticipación considerable”.
En cambio, afirmó que las regulaciones que acaban de quedar en el olvido correspondían a un esquema similar a la ley de alquileres que “obligaba a estos colegios a fijar aumentos anticipados y que, luego de implementados en marzo, debían mantenerse por un año”. Un escenario que, agregó, “generaba aumentos de cuotas sobredimensionadas” en el arranque del año.
Por otra parte, el Ejecutivo instruye al Ministerio de Capital Humano -que contiene a la Secretaría de Educación- a revisar las pautas contenidas en el Decreto 2542 de 1991 y eleve una propuesta de modificación. Este decreto estableció originalmente un sistema de financiamiento para la educación pública de gestión privada. La revisión se justifica en que esta norma fue dictada cuando la administración de la educación estaba bajo la órbita del Gobierno nacional y que la situación cambió con la transferencia de la competencia a las provincias, conforme al principio federal.