Por qué el triple crimen de Florencia Varela es un femicidio

Qué significa la presunción de femicidio. Cómo se investigan el caso específico de los crímenes de mujeres en contexto narco. Diferencias entre el femicidio como símbolo social y figura legal.

Fecha/Hora: 26/09/2025 08:33 Cód. 108571 Tiempo de lectura: 5.92 minutos.
Bajo la consigna "Basta de femicidios, basta de matarnos, ¡todas las vidas importan!", miles de personas se manifestaron el miércoles en distintos puntos del país por Lara Gutiérrez, Brenda del Castillo y Morena Verdi, cuyos cuerpos habían sido encontrados sin vida durante la madrugada anterior, en Florencio Varela. Pero entre las expresiones de dolor y los pedidos de justicia callejeros, en los medios de comunicación, en las redes y en las conversaciones de café, además del morbo, sobrevolaron discusiones en relación a si lo que pasó puede o no ser catalogado como un triple femicidio.

La hipótesis de femicidio se sostiene en parte en la existencia de un protocolo para la investigación y litigio en este tipo de casos. Además, en el caso de Florencio Varela hay elementos concretos que alimentan ese punto de partida, esa base para la investigación. Algunos de ellos son: el contexto de vulnerabilidad social y económica de las víctimas, el hecho de que ejercieran el trabajo sexual o estuvieran en situación de prostitución –que en el caso de una de ellas, por su edad, no se considera en esos términos sino que constituye abuso sexual–.


En principio, los crímenes parecen ser un mensaje. Se habla de que "se quedaron con un vuelto", y que podría ser una venganza. Son aristas que se irán confirmando o no a medida que avance la investigación. Lo que queda fuera de discusión es la saña con la que fueron cometidos los asesinatos, y ese elemento –la ferocidad, el envío de mensajes inscriptos en el cuerpo de las mujeres– es una característica por definición de los femicidios en contextos narco en la región, con México a la cabeza.

“El contexto de narcocriminalidad es tremendamente violento y, en este marco, se registra una enorme cantidad de homicidios de varones y, especialmente, de varones jóvenes. Los femicidios son las expresiones más extremas de la violencia de género y, en contexto de narco criminalidad, se observa un diferencial en torno al cuerpo de las mujeres, como lo vimos en este caso y ha surgido de la autopsia. Ensañamiento, espectacularización y crueldad con el cuerpo de las mujeres que están atravesadas por una compleja trama de vulnerabilidades”, aseguró Estela Díaz en diálogo con Página/12.

Y también: “Los femicidios en contexto de criminalidad organizada suelen estar caracterizados por una consideración de las mujeres como mercancías, como producto de venganza entre bandas o como respuesta a una desviación en relación a lo que se espera que sea su comportamiento de acuerdo al status de su género en la organización”.

Los femicidios se relacionan y se asocian a menudo con la violencia que tiene lugar en el marco de una relación de pareja o expareja. Lo que se conoce como “femicidio íntimo”. Pero esa no es la única modalidad ni el único elemento a considerar para calificar un crimen como tal. Estos ocurren tanto en el ámbito privado como en el público, en el marco de diferentes tipos de relaciones interpersonales o en el ámbito comunitario. Pueden ser perpetrados tanto por particulares o por agentes del Estado, ya sea porque los ejecutan o los toleran.

También están asociados con otros fenómenos violentos –lo que los vuelve aún más invisibles–, como la delincuencia organizada, ligada a tráficos de armas, drogas o personas, u otros contextos como la ruta de las migraciones o los conflictos armados. El odio y los prejuicios por razones de orientación sexual e identidad de género también motivan los crímenes de género.

En Argentina, la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres del Ministerio Público Fiscal de la Nación (UFEM), se rige por un protocolo para la investigación de muertes violentas de mujeres, basado en uno anterior de la ONU, que fija estándares internacionales.

Una de las pautas más importantes es que, en caso de muerte violenta de una mujer, desde el inicio de la investigación se parte de la presunción de femicidio para garantizar la recolección de las pruebas y orientar los pasos procesales.

El femicidio otorga, por decirlo de algún modo, un marco teórico que tiene la función de invitar a la Justicia a reconocer un tipo de crimen históricamente invisibilizado. La presunción de femicidio se aplica desde el inicio y permite investigar con perspectiva de género, identificando signos e indicios que de otro modo se perderían.

También permite promover una coordinación entre instituciones y hacer un llamado a prestar atención a los derechos de las víctimas.

Las discusiones que tuvieron lugar en la conversación pública sobre cómo debe ser considerado este caso se explican, por un lado, porque no todo el mundo conoce este protocolo de investigación y su razón de ser; por otro, por el modo que tiene de funcionar una maquinaria de carroña activada en función de demostrar que las tres jóvenes -una de ellas de 15 años- eran “malas víctimas”. Pero además de eso este tipo de debates tienen que ver con que no es lo mismo el femicidio como figura legal (tipificado en nuestro Código Penal desde 2012) y el femicidio como fenómeno social, relacionado con la violencia estructural basada en la desigualdad de poder entre géneros.

En el ámbito internacional de los derechos humanos se definió femicidio como: “La muerte violenta de mujeres por razones de género, ya sea que tenga lugar dentro de la familia, unidad doméstica o en cualquier otra relación interpersonal; en la comunidad, por parte de cualquier persona, o que sea perpetrada o tolerada por el Estado y sus agentes, por acción u omisión”.

Luego de aquella construcción, a partir del año 2007 distintos países latinoamericanos comenzaron a tipificar las muertes violentas de mujeres por razones de género bajo esa denominación. Las definiciones jurídicas vinieron después de que el concepto se expandiera.

En Argentina, en el año 2012 se sancionó la ley 26.791 que modificó el artículo 80 del Código Penal incluyendo al femicidio como agravante del homicidio simple. Además, se introdujeron otras figuras agravadas que pueden vincularse, según el caso, con la violencia de género.

“La figura no exige una motivación especial ni otros elementos subjetivos distintos del dolo, sino que la agresión se haya producido en un contexto de dominación o que, mediante ella, se haya podido desplegar un control general coercitivo”, se explica en el protocolo de la UFEM. Esto quiere decir que es irrelevante que el agresor haya tenido conocimiento o no de que con su acción “reproducía o reforzaba la desigualdad estructural entre varones y mujeres o incluso que ésta haya sido su finalidad”.

La violencia de género puede exteriorizarse a través de distintos factores, que son mucho más amplios que los que se pueden dar en contextos de parejas o exparejas: “la especial saña —overkill—, la forma de selección y abordaje de la víctima, la conexión con un ataque sexual, el aprovechamiento del estado de indefensión, la inferioridad física, etc.”. La mayoría de estos factores se cumplen en el caso de Florencio Varela.