Actualidad: Entre el 6 y el 8 de octubre de 2025
La Corte Internacional de Justicia debate si el derecho de huelga es un derecho fundamental
Será en el Palacio de la Paz de La Haya, se presentaron 18 Estados y cinco organizaciones internacionales, entre ellas la OIT, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE). La Corte Internacional de Justicia ahora entra en etapa de deliberación.
Fecha/Hora: 15/10/2025 07:39
Cód. 108729
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En un hecho sin precedentes en la historia de las Naciones Unidas, la Corte Internacional de Justicia (CIJ) celebró entre el 6 y el 8 de octubre de 2025 las audiencias públicas sobre el derecho de huelga, a pedido de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El proceso busca resolver una controversia que divide desde hace más de una década a los gobiernos, sindicatos y organizaciones empresariales sobre la interpretación del Convenio 87 (Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación), la piedra angular de la libertad sindical.
Una disputa que viene de lejos
Según un análisis del British Institute of International and Comparative Law (BIICL), el conflicto se remonta a la 101.ª Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) celebrada en 2012, cuando el grupo de los empleadores se negó a debatir los casos en los que el Comité de Expertos de la OIT (CEACR) había vinculado la libertad sindical con el derecho de huelga.
Aquel episodio —que paralizó temporalmente los trabajos del Comité de Aplicación de Normas— marcó el inicio de una crisis profunda dentro del sistema tripartito de la OIT, al cuestionar la autoridad de sus órganos técnicos y la coherencia del derecho internacional del trabajo.
Durante los años siguientes, la organización intentó mediar entre las partes sin éxito. Finalmente, el 10 de noviembre de 2023, su Consejo de Administración decidió recurrir a la CIJ para solicitar una opinión consultiva que despejara la ambigüedad. Es la primera vez en la historia que la OIT utiliza este mecanismo, previsto en el artículo 37(1) de su Constitución y en el artículo 65 del Estatuto de la CIJ.
¿Qué pregunta la OIT a la Corte?
La cuestión sometida a examen es directa: “¿Está protegido el derecho de huelga de los trabajadores y sus organizaciones por el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (N.º 87)?”
El Convenio 87 no menciona explícitamente la huelga, pero desde hace décadas el CEACR y el Comité de Libertad Sindical la consideran una consecuencia natural de la libertad sindical, al entender que no puede haber autonomía colectiva sin medios de presión legítimos.
La CSA reúne a dirigentes en OIT y despliega un llamado a fortalecer el sindicalismo en tiempos donde la libertad sindical está «en peligro»
El sector empleador, en cambio, sostiene que el tratado solo protege el derecho a organizarse y que la huelga debe regularse en el Convenio 98 o en la legislación nacional.
El artículo del BIICL advierte que el futuro dictamen de la Corte definirá la frontera entre la libertad sindical y el control corporativo del trabajo. Una opinión afirmativa reforzaría la autoridad de la OIT y consolidaría la huelga como derecho fundamental. Una lectura restrictiva, por el contrario, daría sustento jurídico a políticas que buscan limitar la acción sindical en nombre del orden público o de la competitividad.
Las audiencias: una escena tripartita
Durante tres días, en el Palacio de la Paz de La Haya, se presentaron 18 Estados y cinco organizaciones internacionales, entre ellas la OIT, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE).
La apertura estuvo a cargo de Tomi Kohiyama, directora de la Oficina de Servicios Legales de la OIT, quien recordó que: “La libertad sindical figura en el preámbulo de la Constitución de la OIT como un principio y derecho fundamental que los Estados miembros están obligados a respetar, promover y realizar”.
Kohiyama aclaró que la Organización no adopta posición sobre el fondo del asunto, pero pidió a la Corte “aclarar si la libertad sindical puede existir plenamente sin el derecho de huelga”.
Minutos después habló Paapa Quasi Danquah, representante de la Confederación Sindical Internacional, quien apeló al sentido histórico del proceso: “Millones de trabajadores de todo el mundo invitan a la Corte a confirmar que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87”.
Y lanzó una advertencia que resonó en la sala: “Cuando un derecho protegido, aceptado y ejercido durante generaciones se pone en duda, no solo peligra la huelga: se socavan el diálogo social y el propio Estado de derecho”.
La intervención de Danquah, transmitida en directo, fue una de las más celebradas en redes sindicales y en medios internacionales.
Lo que está en juego
El caso sobre el derecho de huelga trasciende lo jurídico: es un espejo del estado del multilateralismo social y de la capacidad del sistema internacional para proteger los derechos colectivos en un contexto de fragmentación global.
La Corte —que ahora entra en etapa de deliberación— no emite fallos vinculantes en las opiniones consultivas, pero su interpretación tiene peso normativo y político.
De su dictamen dependerá si la huelga se reafirma como garantía esencial de la democracia en el trabajo, o si pasa a ser un derecho condicional, subordinado a la legislación nacional y a la lógica del mercado.
Un precedente histórico
El BIICL califica la consulta de la OIT ante la CIJ como un precedente de valor constitucional para el derecho internacional del trabajo. No solo porque es la primera vez que se activa este mecanismo, sino porque abre la posibilidad de que la Corte reconozca explícitamente la huelga como parte del núcleo duro de los derechos humanos laborales.
Mientras la Corte delibera, el mundo sindical observa con atención. Si el pronunciamiento reafirma la doctrina histórica de la OIT, el movimiento de trabajadores podría recuperar un principio erosionado en décadas recientes: el de que sin conflicto no hay equilibrio, publicó Mundo Gremial.
El proceso busca resolver una controversia que divide desde hace más de una década a los gobiernos, sindicatos y organizaciones empresariales sobre la interpretación del Convenio 87 (Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación), la piedra angular de la libertad sindical.
Una disputa que viene de lejos
Según un análisis del British Institute of International and Comparative Law (BIICL), el conflicto se remonta a la 101.ª Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) celebrada en 2012, cuando el grupo de los empleadores se negó a debatir los casos en los que el Comité de Expertos de la OIT (CEACR) había vinculado la libertad sindical con el derecho de huelga.
Aquel episodio —que paralizó temporalmente los trabajos del Comité de Aplicación de Normas— marcó el inicio de una crisis profunda dentro del sistema tripartito de la OIT, al cuestionar la autoridad de sus órganos técnicos y la coherencia del derecho internacional del trabajo.
Durante los años siguientes, la organización intentó mediar entre las partes sin éxito. Finalmente, el 10 de noviembre de 2023, su Consejo de Administración decidió recurrir a la CIJ para solicitar una opinión consultiva que despejara la ambigüedad. Es la primera vez en la historia que la OIT utiliza este mecanismo, previsto en el artículo 37(1) de su Constitución y en el artículo 65 del Estatuto de la CIJ.
¿Qué pregunta la OIT a la Corte?
La cuestión sometida a examen es directa: “¿Está protegido el derecho de huelga de los trabajadores y sus organizaciones por el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (N.º 87)?”
El Convenio 87 no menciona explícitamente la huelga, pero desde hace décadas el CEACR y el Comité de Libertad Sindical la consideran una consecuencia natural de la libertad sindical, al entender que no puede haber autonomía colectiva sin medios de presión legítimos.
La CSA reúne a dirigentes en OIT y despliega un llamado a fortalecer el sindicalismo en tiempos donde la libertad sindical está «en peligro»
El sector empleador, en cambio, sostiene que el tratado solo protege el derecho a organizarse y que la huelga debe regularse en el Convenio 98 o en la legislación nacional.
El artículo del BIICL advierte que el futuro dictamen de la Corte definirá la frontera entre la libertad sindical y el control corporativo del trabajo. Una opinión afirmativa reforzaría la autoridad de la OIT y consolidaría la huelga como derecho fundamental. Una lectura restrictiva, por el contrario, daría sustento jurídico a políticas que buscan limitar la acción sindical en nombre del orden público o de la competitividad.
Las audiencias: una escena tripartita
Durante tres días, en el Palacio de la Paz de La Haya, se presentaron 18 Estados y cinco organizaciones internacionales, entre ellas la OIT, la Confederación Sindical Internacional (CSI) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE).
La apertura estuvo a cargo de Tomi Kohiyama, directora de la Oficina de Servicios Legales de la OIT, quien recordó que: “La libertad sindical figura en el preámbulo de la Constitución de la OIT como un principio y derecho fundamental que los Estados miembros están obligados a respetar, promover y realizar”.
Kohiyama aclaró que la Organización no adopta posición sobre el fondo del asunto, pero pidió a la Corte “aclarar si la libertad sindical puede existir plenamente sin el derecho de huelga”.
Minutos después habló Paapa Quasi Danquah, representante de la Confederación Sindical Internacional, quien apeló al sentido histórico del proceso: “Millones de trabajadores de todo el mundo invitan a la Corte a confirmar que el derecho de huelga está protegido por el Convenio 87”.
Y lanzó una advertencia que resonó en la sala: “Cuando un derecho protegido, aceptado y ejercido durante generaciones se pone en duda, no solo peligra la huelga: se socavan el diálogo social y el propio Estado de derecho”.
La intervención de Danquah, transmitida en directo, fue una de las más celebradas en redes sindicales y en medios internacionales.
Lo que está en juego
El caso sobre el derecho de huelga trasciende lo jurídico: es un espejo del estado del multilateralismo social y de la capacidad del sistema internacional para proteger los derechos colectivos en un contexto de fragmentación global.
La Corte —que ahora entra en etapa de deliberación— no emite fallos vinculantes en las opiniones consultivas, pero su interpretación tiene peso normativo y político.
De su dictamen dependerá si la huelga se reafirma como garantía esencial de la democracia en el trabajo, o si pasa a ser un derecho condicional, subordinado a la legislación nacional y a la lógica del mercado.
Un precedente histórico
El BIICL califica la consulta de la OIT ante la CIJ como un precedente de valor constitucional para el derecho internacional del trabajo. No solo porque es la primera vez que se activa este mecanismo, sino porque abre la posibilidad de que la Corte reconozca explícitamente la huelga como parte del núcleo duro de los derechos humanos laborales.
Mientras la Corte delibera, el mundo sindical observa con atención. Si el pronunciamiento reafirma la doctrina histórica de la OIT, el movimiento de trabajadores podría recuperar un principio erosionado en décadas recientes: el de que sin conflicto no hay equilibrio, publicó Mundo Gremial.