Nacionales: Con muchos claroscuros
El proyecto de La ley de Defensa de la Soberanía
La iniciativa prevé respuestas a supuestas amenazas, externas e internas, sin que medie un control parlamentario. El rol de las Fuerzas Armadas.
Fecha/Hora: 18/09/2026 08:44
Cód. 112040
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El proyecto de Defensa de la Soberanía que envió la Casa Rosada podría borrar la frontera jurídica entre Seguridad Interior y Defensa y erosionar las garantías constitucionales. Detrás del nuevo régimen de sanciones para la explotación ilegal de recursos en las Islas Malvinas, el proyecto crea también un Consejo Nacional de Seguridad que presidirá Javier Milei para responder ante “amenazas” de forma autónoma, sin pasar por el Congreso, y amplía la intervención de las Fuerzas Armadas. La ley incorpora un régimen de derribo de aeronaves, crea nuevos delitos vinculados con la influencia extranjera y penaliza las campañas destinadas a “manipular la opinión pública”. También introduce cambios en el financiamiento de los partidos políticos y crea el RePET, un registro que podrá incluir a personas y entidades cuando existan “motivos razonables para sospechar” su vinculación con actos de terrorismo o su financiamiento. En Diputados, por donde ingresó el proyecto, el peronismo analizará este viernes su contenido en una reunión de bloque, mientras que la bancada Justicialista del Senado impulsa la creación de una comisión bicameral para el seguimiento parlamentario de la cuestión Malvinas.
Según el propio Gobierno, “la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional se estructura sobre tres pilares”: castigar a quienes explotan de manera ilegítima los recursos naturales, generar incentivos para que abandonen esa actividad y dotar al Estado de herramientas para responder frente a amenazas externas. Sin embargo, de los ocho títulos que la componen, solo el primero está dedicado específicamente al régimen de sanciones vinculado con Malvinas. El proyecto reemplaza la Ley 26.659 y amplía su alcance. Las penalidades exceden la actividad hidrocarburífera y abarcan cualquier aprovechamiento no autorizado de recursos naturales, renovables o no renovables. Las sanciones alcanzan tanto a las empresas que realizan directamente esas actividades como a sus socios, accionistas y proveedores. Además, habilita el juicio en ausencia y establece un régimen especial de incentivos para las compañías que abandonen sus operaciones en las islas y decidan invertir en la Argentina continental.
El Título II crea el Consejo Nacional de Seguridad (ver aparte), a imagen y semejanza del norteamericano, y es el punto que concentra las mayores críticas. El Gobierno justifica su creación en la necesidad de que “la Defensa, la Seguridad Nacional, la Inteligencia de Estado, la Cancillería y el Ministerio de Economía” actúen de manera coordinada. Entre las atribuciones del Consejo figuran la definición de prioridades de inversión, investigación, capacitación y desarrollo; el control aeroespacial, marítimo, fluvial y lacustre; y la elaboración de una estrategia nacional para proteger las infraestructuras críticas. Todo estará presidido por el propio Milei. Para la experta en Defensa, María Cristina Perceval, “hay una concentración exacerbada del poder de decisión en el Presidente, teniendo en cuenta además que el Consejo sería el que aprueba políticas sectoriales de Defensa, Relaciones Exteriores, Economía e Inteligencia”. Además, advierte que “ese Consejo de Seguridad (entiéndase el Presidente al fin y al cabo) asume funciones punitivas directas, desplazando la intervención de los jueces en la etapa preventiva y resolutiva primaria”.
Una frontera difusa
Este título del proyecto también incluye un clásico fetiche de los gobiernos de derecha: cambios a la Ley de Defensa Nacional 23.554 de 1988. La norma establece estrictamente que la Defensa Nacional se ocupa de las agresiones o amenazas de origen externo, diferenciándola de la Seguridad Interior. El proyecto modifica ese principio al incorporar expresamente las amenazas “de carácter estatal o no estatal” para el empleo de las Fuerzas Armadas. Así, la reforma habilita de forma expresa la intervención de las Fuerzas Armadas en la protección de las infraestructuras críticas que determine el Consejo de Seguridad Nacional. La definición es amplia y alcanza, entre otras áreas, a la salud, la energía, el sistema financiero y las redes de servicios esenciales. “Si las Fuerzas Armadas comienzan a asumir funciones que corresponden al ámbito de la seguridad interior, se estaría alterando una distinción que en la Argentina no es accidental: es uno de los pilares construidos después de 1983 para subordinar el instrumento militar al poder político democrático y delimitar claramente su ámbito de actuación”, dijo ante este diario la presidenta de la Asociación de Estudios de Relaciones Internacionales, Verónica Pérez Taffi.
Para el diputado Jorge Taiana, “el proyecto de ley contradice nuestra doctrina democrática basada en los tres pilares: defensa, seguridad e inteligencia. Utilizan la causa Malvinas como caballo de Troya para habilitar la persecución y estigmatización de cualquier oposición al Gobierno”.
El Título III contiene un régimen de derribo de aeronaves y establece un mecanismo similar para buques considerados “hostiles” en el mar. Una atribución que no fue anunciada durante la cadena nacional. La iniciativa sostiene que el procedimiento “se ejecutará de conformidad con el derecho internacional aplicable, en particular, respecto de aeronaves civiles en vuelo, a efectos de no poner en peligro la vida de los ocupantes de las aeronaves ni la seguridad de éstas”. Mauricio Macri autorizó el derribo de aeronaves por decreto durante su gobierno, una medida que luego fue derogada por Alberto Fernández.
Amenaza “no estatal”: somos todos
El proyecto también incorpora al Código Penal delitos vinculados con la desinformación y la influencia extranjera. El artículo 225 bis establece penas de entre 5 y 12 años de prisión para quienes actúen por encargo o con financiamiento de un Estado u organización extranjera. La ley tipifica como delito la “manipulación de la opinión pública”. Perceval advirtió sobre la necesidad de precisar qué entiende el Ejecutivo por ese delito y, en particular, qué conductas pueden ser consideradas “desinformación masiva”. También advirtió que la amplitud de la definición podría abrir la puerta a que campañas coordinadas financiadas desde el exterior, destinadas a alterar procesos electorales o modificar la opinión pública, terminen convirtiéndose en una herramienta para perseguir la disidencia política.
En la misma línea, la iniciativa modifica la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos para impedir y sancionar los aportes de campaña provenientes de personas extranjeras sin residencia permanente en el país y de personas jurídicas constituidas en el exterior.
Por último, el proyecto crea el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento (RePET), que funcionará bajo la órbita de la Unidad de Información Financiera (UIF). Para ingresar al registro no será necesaria una condena penal. La iniciativa establece que podrán ser incorporadas personas o entidades cuando existan “motivos razonables para sospechar” su vinculación con actos de terrorismo o con su financiamiento.
Recorrido parlamentario
En Diputados, por donde ingresó el proyecto, el oficialismo todavía no definió fechas ni las comisiones que intervendrán en su tratamiento, pese al pedido del Ejecutivo de darle prioridad y celeridad. El peronismo analizará este viernes el contenido de la iniciativa en una reunión de bloque. Mientras tanto, en el Senado, la bancada Justicialista impulsa la creación de una comisión bicameral para el seguimiento parlamentario de la cuestión Malvinas, a partir de un proyecto presentado por Jorge Capitanich.
Para la analista Verónica Pérez Taffi, la discusión que se abre obliga a preguntarse qué instrumentos institucionales se utilizarán para proteger los recursos del Atlántico Sur, qué nuevas competencias se asignarán a las Fuerzas Armadas, bajo qué condiciones podrán ejercerlas y cuáles serán los límites jurídicos de esa intervención.
Según el propio Gobierno, “la Ley de Defensa de la Soberanía Nacional se estructura sobre tres pilares”: castigar a quienes explotan de manera ilegítima los recursos naturales, generar incentivos para que abandonen esa actividad y dotar al Estado de herramientas para responder frente a amenazas externas. Sin embargo, de los ocho títulos que la componen, solo el primero está dedicado específicamente al régimen de sanciones vinculado con Malvinas. El proyecto reemplaza la Ley 26.659 y amplía su alcance. Las penalidades exceden la actividad hidrocarburífera y abarcan cualquier aprovechamiento no autorizado de recursos naturales, renovables o no renovables. Las sanciones alcanzan tanto a las empresas que realizan directamente esas actividades como a sus socios, accionistas y proveedores. Además, habilita el juicio en ausencia y establece un régimen especial de incentivos para las compañías que abandonen sus operaciones en las islas y decidan invertir en la Argentina continental.
El Título II crea el Consejo Nacional de Seguridad (ver aparte), a imagen y semejanza del norteamericano, y es el punto que concentra las mayores críticas. El Gobierno justifica su creación en la necesidad de que “la Defensa, la Seguridad Nacional, la Inteligencia de Estado, la Cancillería y el Ministerio de Economía” actúen de manera coordinada. Entre las atribuciones del Consejo figuran la definición de prioridades de inversión, investigación, capacitación y desarrollo; el control aeroespacial, marítimo, fluvial y lacustre; y la elaboración de una estrategia nacional para proteger las infraestructuras críticas. Todo estará presidido por el propio Milei. Para la experta en Defensa, María Cristina Perceval, “hay una concentración exacerbada del poder de decisión en el Presidente, teniendo en cuenta además que el Consejo sería el que aprueba políticas sectoriales de Defensa, Relaciones Exteriores, Economía e Inteligencia”. Además, advierte que “ese Consejo de Seguridad (entiéndase el Presidente al fin y al cabo) asume funciones punitivas directas, desplazando la intervención de los jueces en la etapa preventiva y resolutiva primaria”.
Una frontera difusa
Este título del proyecto también incluye un clásico fetiche de los gobiernos de derecha: cambios a la Ley de Defensa Nacional 23.554 de 1988. La norma establece estrictamente que la Defensa Nacional se ocupa de las agresiones o amenazas de origen externo, diferenciándola de la Seguridad Interior. El proyecto modifica ese principio al incorporar expresamente las amenazas “de carácter estatal o no estatal” para el empleo de las Fuerzas Armadas. Así, la reforma habilita de forma expresa la intervención de las Fuerzas Armadas en la protección de las infraestructuras críticas que determine el Consejo de Seguridad Nacional. La definición es amplia y alcanza, entre otras áreas, a la salud, la energía, el sistema financiero y las redes de servicios esenciales. “Si las Fuerzas Armadas comienzan a asumir funciones que corresponden al ámbito de la seguridad interior, se estaría alterando una distinción que en la Argentina no es accidental: es uno de los pilares construidos después de 1983 para subordinar el instrumento militar al poder político democrático y delimitar claramente su ámbito de actuación”, dijo ante este diario la presidenta de la Asociación de Estudios de Relaciones Internacionales, Verónica Pérez Taffi.
Para el diputado Jorge Taiana, “el proyecto de ley contradice nuestra doctrina democrática basada en los tres pilares: defensa, seguridad e inteligencia. Utilizan la causa Malvinas como caballo de Troya para habilitar la persecución y estigmatización de cualquier oposición al Gobierno”.
El Título III contiene un régimen de derribo de aeronaves y establece un mecanismo similar para buques considerados “hostiles” en el mar. Una atribución que no fue anunciada durante la cadena nacional. La iniciativa sostiene que el procedimiento “se ejecutará de conformidad con el derecho internacional aplicable, en particular, respecto de aeronaves civiles en vuelo, a efectos de no poner en peligro la vida de los ocupantes de las aeronaves ni la seguridad de éstas”. Mauricio Macri autorizó el derribo de aeronaves por decreto durante su gobierno, una medida que luego fue derogada por Alberto Fernández.
Amenaza “no estatal”: somos todos
El proyecto también incorpora al Código Penal delitos vinculados con la desinformación y la influencia extranjera. El artículo 225 bis establece penas de entre 5 y 12 años de prisión para quienes actúen por encargo o con financiamiento de un Estado u organización extranjera. La ley tipifica como delito la “manipulación de la opinión pública”. Perceval advirtió sobre la necesidad de precisar qué entiende el Ejecutivo por ese delito y, en particular, qué conductas pueden ser consideradas “desinformación masiva”. También advirtió que la amplitud de la definición podría abrir la puerta a que campañas coordinadas financiadas desde el exterior, destinadas a alterar procesos electorales o modificar la opinión pública, terminen convirtiéndose en una herramienta para perseguir la disidencia política.
En la misma línea, la iniciativa modifica la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos para impedir y sancionar los aportes de campaña provenientes de personas extranjeras sin residencia permanente en el país y de personas jurídicas constituidas en el exterior.
Por último, el proyecto crea el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento (RePET), que funcionará bajo la órbita de la Unidad de Información Financiera (UIF). Para ingresar al registro no será necesaria una condena penal. La iniciativa establece que podrán ser incorporadas personas o entidades cuando existan “motivos razonables para sospechar” su vinculación con actos de terrorismo o con su financiamiento.
Recorrido parlamentario
En Diputados, por donde ingresó el proyecto, el oficialismo todavía no definió fechas ni las comisiones que intervendrán en su tratamiento, pese al pedido del Ejecutivo de darle prioridad y celeridad. El peronismo analizará este viernes el contenido de la iniciativa en una reunión de bloque. Mientras tanto, en el Senado, la bancada Justicialista impulsa la creación de una comisión bicameral para el seguimiento parlamentario de la cuestión Malvinas, a partir de un proyecto presentado por Jorge Capitanich.
Para la analista Verónica Pérez Taffi, la discusión que se abre obliga a preguntarse qué instrumentos institucionales se utilizarán para proteger los recursos del Atlántico Sur, qué nuevas competencias se asignarán a las Fuerzas Armadas, bajo qué condiciones podrán ejercerlas y cuáles serán los límites jurídicos de esa intervención.